URUGUAY: NIVEL 2
Uruguay es un país de origen, tránsito y destino para hombres, mujeres y niños sometidos a tareas de trabajo forzoso y trata con fines de explotación sexual. Las mujeres y niñas uruguayas (y en un menor grado, los adultos transgénero y los varones jóvenes) son sometidas a trata con fines de explotación sexual dentro del país. Las mujeres uruguayas son obligadas a ejercer la prostitución en España, Italia, Argentina y Brasil. Sin embargo, las cifras de víctimas uruguayas identificadas que fueron explotadas en el exterior han disminuido en los últimos años. Mujeres de la República Dominicana (y, en menor medida, mujeres de otros países sudamericanos) son sometidas a trata con fines de explotación sexual en Uruguay.
Trabajadores extranjeros, especialmente provenientes de Bolivia, Paraguay, Brasil, República Dominicana y Argentina, son sometidos a trabajo forzoso en la construcción, el servicio doméstico, tiendas mayoristas, industrias textiles, agricultura y procesamiento de madera. En 2014, algunos pescadores extranjeros a bordo de barcos comerciales de bandera extranjera que han atracado en Uruguay han denunciado la existencia de indicadores de trabajo forzoso, como el no pago de salarios y el abuso físico y verbal. Funcionarios uruguayos han identificado ciudadanos de otros países, por ejemplo China y la República Dominicana, que están en tránsito en Uruguay de camino a otros destinos, en particular a Argentina, como posibles víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual o laboral.
El Gobierno de Uruguay no cumple totalmente con las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas.
No obstante, está realizando importantes esfuerzos para hacerlo. Las autoridades procesaron a un mayor número de personas sospechosas de trata e identificaron y asistieron a un mayor número de posibles víctimas extranjeras de trata de personas con fines de explotación sexual o laboral. Sin embargo, los fondos del Gobierno para servicios de atención a víctimas, en especial para alojamiento, siguieron siendo inadecuados. El alcance de los esfuerzos para asistir a víctimas de trata a nivel nacional e investigar casos de trata en el país no fue claro, en parte porque las leyes uruguayas prohíben solo las formas transnacionales de trata.
RECOMENDACIONES PARA URUGUAY:
Aprobar leyes para prohibir todas las formas de trata, en línea con el Protocolo contra la Trata de Personas de la ONU del año 2000, incluso mediante la penalización de la prostitución de niños como trata infantil con fines de explotación sexual; intensificar los esfuerzos para investigar y someter a la justicia todas las formas de trata de personas, y responsabilizar a los autores del delito de trata a través de condenas y sentencias suficientemente severas; desarrollar e implementar procedimientos estándar para que los funcionarios identifiquen y deriven a víctimas de trata; aumentar los fondos destinados a servicios especializados para víctimas de trata y la disponibilidad de estos servicios, en especial fuera de la capital, e incluir a víctimas de sexo masculino; aumentar la capacitación contra la trata de personas para los funcionarios policiales, inspectores del trabajo, fiscales, jueces y trabajadores sociales, en particular para identificar y ayudar a las víctimas de trata con fines de explotación sexual y laboral; desarrollar y poner en funcionamiento un sistema de recolección de datos para mantener estadísticas oficiales sobre esfuerzos para hacer cumplir las normas contra la trata de personas e identificar a las víctimas; completar e implementar un plan de acción nacional; y hacer esfuerzos por reducir la demanda de trabajo forzoso.
SOMETIMIENTO A LA JUSTICIA
El gobierno aumentó modestamente sus esfuerzos para hacer cumplir las normas contra la trata de personas. Sin embargo, Uruguay no prohíbe todas las formas de trata. El artículo 78 de la ley de migración, promulgada en 2008, prohíbe solo las formas transnacionales de trata de personas, estableciendo penas de 4 a 16 años de penitenciaría. Estas penas son lo suficientemente severas y acordes con las penas establecidas para otros delitos graves. Este artículo establece que el uso de violencia, intimidación o engaño, o el abuso de la vulnerabilidad de la víctima son agravantes en lugar de parte integral del delito. Los artículos 280 y 281 del Código Penal prohíben el trabajo forzoso dentro de las fronteras de Uruguay y establecen penas de entre 2 y 12 años de penitenciaría.
Las autoridades aplican leyes sobre explotación sexual o proxenetismo para pedir procesamientos en casos de trata con fines de explotación sexual a nivel nacional, pero estas leyes prevén penas menores y algunas pueden ser conmutadas por servicios a la comunidad o multas. Dos jueces de los Juzgados especializados en crimen organizado de Montevideo tuvieron la jurisdicción sobre todos los casos de trata de personas llevada adelante por grupos criminales organizados de tres o más personas. Estos juzgados no tuvieron suficiente personal o recursos económicos, y los funcionarios locales no siempre derivaron a estos juzgados casos de trata que se ajustaban a esos parámetros. Todos los demás casos de trata fueron estudiados por juzgados locales con menos experiencia en esta área. En 2015, el Gobierno comenzó a preparar un proyecto de ley integral contra la trata de personas.El Gobierno no recopiló datos globales sobre esfuerzos para hacer cumplir las leyes contra la trata de personas y no tuvo un sistema para hacer el seguimiento de los casos que se encontraban en la órbita judicial.
En 2015, la Fiscalía de Corte comenzó a probar un nuevo sistema nacional de gestión de datos para compilar todos los datos sobre casos civiles y penales. Sin embargo, se deberá concretar primero la transición de Uruguay de un sistema judicial “inquisitivo” a uno “acusatorio”, que está programada para febrero de 2017, antes de que se pueda implementar este nuevo sistema. Mientras tanto, los juzgados y las jefaturas de policía seguirán almacenando los datos recopilados. El Gobierno no brindó información detallada sobre investigaciones iniciadas durante el período del informe, pero sí informó haber investigado un caso de trata transnacional con fines de explotación laboral en 2015. El Gobierno también inició investigaciones de 6 casos que resultaron en el procesamiento de 16 presuntos tratantes con fines de explotación sexual en 2015, en comparación con las 2 investigaciones y los 5 procesamientos de 2014.
Los casos involucraron a víctimas uruguayas y extranjeras, entre ellas un menor. El Gobierno no informó sobre ninguna condena por trata en 2015, en comparación con las dos condenas por trata con fines de explotación laboral que hubo en 2014. Luego de una apelación en 2015, las penas de los casos de 2014 se redujeron a 24 meses y 10 meses de reclusión, ambas por debajo del mínimo obligatorio que establece el artículo 78. El Gobierno no informó que hubiera habido investigaciones, procesamientos o condenas de funcionarios públicos que hubieran sido cómplices de delitos de trata de personas. El Gobierno brindó cursos de capacitación sobre trata de personas a funcionarios policiales, de migraciones y judiciales, incluso a través de la asociación con una organización internacional.
El Ministerio del Interior preparó dos protocolos para oficiales de policía: uno para detectar e investigar la trata y el tráfico de personas durante procedimientos en rutas, y el otro para detectar e investigar la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes. El Gobierno publicó y distribuyó a las jefaturas de policía, oficinas de investigaciones y unidades especializadas en violencia de género una guía de recursos que incluye indicadores para identificar víctimas, y define y orienta las reacciones ante casos de trata y tráfico de personas o explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes. El Gobierno informó que existió una cooperación internacional continua a través de INTERPOL en un número no especificado de casos de trata en 2015.
PROTECCIÓN
Las autoridades uruguayas asistieron a un número mayor de víctimas de trata transnacional en 2015, aunque los servicios especializados de atención a las víctimas todavía fueron inadecuados. Aunque los inspectores de trabajo buscaron posibles casos de trata de personas y los funcionarios uruguayos tuvieron acceso a una guía regional sobre cómo identificar víctimas femeninas de trata internacional con fines de explotación sexual, algunos funcionarios no tuvieron lineamientos para identificar a las víctimas de trata en las poblaciones vulnerables.
El Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) informó que asistió a 222 víctimas de trata en 2015 (212 mujeres y 10 hombres), entre ellas 14 posibles víctimas de trata con fines de explotación laboral, en comparación con las 113 posibles víctimas de 2014. Del total, 189 víctimas eran de la República Dominicana mientras que 19 eran uruguayas. El Gobierno informó que identificó a una víctima de trata infantil en 2015. El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) no informó cuántos niños identificó en situaciones de explotación sexual comercial durante el año.El Gobierno asignó $3.638.280 (US$121.722) al MIDES en 2015, un presupuesto mayor a los $2.730.000 (US$91.334) de 2014, para asistir, a través de servicios psicológicos y médicos (entre otros), a mujeres adultas víctimas de trata con fines de explotación sexual y a mujeres que ejercían la prostitución. El MIDES asignó parte de estos fondos a una ONG que brindó servicios especializados. No hubo refugios especializados para víctimas de trata en el país. Las ONG y el Gobierno informaron que es necesario generar más opciones de alojamiento adecuadas para víctimas de trata con fines de explotación sexual, dado que muchas veces no fue posible darles alojamiento en otros refugios a los cuales tienen acceso las víctimas.
El INAU no informó cuántas víctimas de trata menores de edad asistió en sus refugios para jóvenes en situaciones de riesgo. Los servicios de atención a las víctimas fueron más pobres fuera de la capital. No existieron servicios especializados para los hombres víctimas de trata. Las ONG informaron sobre la necesidad de servicios a largo plazo como reinserción, alojamiento y cuidado de la salud mental. El MIDES brindó servicios de asistencia para conseguir empleo a un número no especificado de víctimas de trata. No hubo denuncias de víctimas de trata que hubieran sido encarceladas, deportadas o sancionadas de otro modo por actos cometidos como resultado directo de haber sido víctimas de este delito. Aunque el Gobierno no ofreció alternativas legales concretas al traslado de las víctimas de trata a países en los que enfrentaban castigos o privaciones, las autoridades ofrecieron asilo general y permisos de residencia y trabajo a víctimas extranjeras de trata en 2015.
PREVENCIÓN
El Gobierno aumentó sus esfuerzos de prevención durante el año. El MIDES presidió una comisión interinstitucional que coordinó los esfuerzos del Gobierno en la lucha contra la trata de personas. La comisión se reunió en varias oportunidades durante el año y estuvo desarrollando una versión preliminar del plan nacional para 2016-2020, en sintonía con la ley contra la trata de personas que se está redactando. Las autoridades realizaron dos campañas de sensibilización en la frontera con Brasil y Argentina, que se centraron principalmente en la trata con fines de explotación sexual.
El Gobierno tomó medidas para prevenir el turismo sexual infantil y reducir la demanda de actos sexuales comerciales mediante la implementación de una campaña de sensibilización orientada a empresas del rubro hotelero y a agencias de viaje para fomentar que los propietarios denuncien conductas sospechosas o ilegales. El Gobierno no hizo esfuerzos por reducir la demanda de trabajo forzoso. Durante el año, las autoridades ofrecieron capacitación en materia de trata de personas a las tropas uruguayas antes de ser desplegadas en misiones de paz internacionales. El Gobierno ofreció capacitación contra la trata de personas a su personal diplomático.